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19/03/2025
Las rentas inmobiliarias, derivadas de la propiedad o uso de bienes inmuebles, tienen un tratamiento específico en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). A continuación, se detallan las principales consideraciones según el uso del inmueble:
1. Vivienda habitual:
La vivienda habitual no genera una carga fiscal adicional en el IRPF, salvo que se haya adquirido antes del 1 de enero de 2013, lo que permite aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual.
2. Segundas residencias o inmuebles no alquilados:
Los inmuebles urbanos de uso propio o desocupados están sujetos a una imputación de rentas inmobiliarias. Esta imputación se calcula aplicando un porcentaje sobre el valor catastral del inmueble:
- 1,1% si el valor catastral ha sido revisado o modificado después del 1 de enero de 1994
- 2% en caso contrario.
Este rendimiento se prorratea en función del tiempo de titularidad durante el año fiscal.
3. Inmuebles alquilados:
Los ingresos por alquiler se consideran rendimientos del capital inmobiliario y deben declararse en el IRPF. Es posible deducir ciertos gastos necesarios para obtener dichos ingresos, como intereses de préstamos, tributos, gastos de conservación y reparación, entre otros. Además, si el alquiler se destina a la vivienda habitual del inquilino, se puede aplicar una reducción del 50% sobre el rendimiento neto positivo.
4. Alquileres turísticos:
Los ingresos por alquileres turísticos también se consideran rendimientos del capital inmobiliario. Sin embargo, no es aplicable la reducción del 50% mencionada anteriormente, ya que estos alquileres no tienen como finalidad satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.
5. Cesión de uso a familiares:
Cuando un inmueble se cede para uso de familiares hasta el tercer grado (padres, hijos, hermanos, etc.), el rendimiento neto no puede ser inferior a la renta imputada que correspondería si el inmueble estuviera desocupado. Esto implica que, aunque no se perciban ingresos por dicha cesión, se debe declarar un rendimiento mínimo equivalente a la imputación de rentas inmobiliarias.
Es fundamental cumplir con estas obligaciones fiscales para evitar sanciones y asegurar una correcta tributación de las rentas inmobiliarias en el IRPF.