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¿Cómo tributan los inmuebles en el IRPF? Claves para propietarios y arrendadores

Descubre cómo declarar en el IRPF las rentas inmobiliarias, ya sean por alquiler, uso propio o vivienda vacía, y qué deducciones puedes aplicar para optimizar tu fiscalidad.

Foto: Uniplash

19/03/2025


Las rentas inmobiliarias, derivadas de la propiedad o uso de bienes inmuebles, tienen un tratamiento específico en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). A continuación, se detallan las principales consideraciones según el uso del inmueble:

1. Vivienda habitual:

La vivienda habitual no genera una carga fiscal adicional en el IRPF, salvo que se haya adquirido antes del 1 de enero de 2013, lo que permite aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual. ​

2. Segundas residencias o inmuebles no alquilados:

Los inmuebles urbanos de uso propio o desocupados están sujetos a una imputación de rentas inmobiliarias. Esta imputación se calcula aplicando un porcentaje sobre el valor catastral del inmueble:​

  • 1,1% si el valor catastral ha sido revisado o modificado después del 1 de enero de 1994
  • 2% en caso contrario.​

Este rendimiento se prorratea en función del tiempo de titularidad durante el año fiscal. 

3. Inmuebles alquilados:

Los ingresos por alquiler se consideran rendimientos del capital inmobiliario y deben declararse en el IRPF. Es posible deducir ciertos gastos necesarios para obtener dichos ingresos, como intereses de préstamos, tributos, gastos de conservación y reparación, entre otros. Además, si el alquiler se destina a la vivienda habitual del inquilino, se puede aplicar una reducción del 50% sobre el rendimiento neto positivo. ​

4. Alquileres turísticos:

Los ingresos por alquileres turísticos también se consideran rendimientos del capital inmobiliario. Sin embargo, no es aplicable la reducción del 50% mencionada anteriormente, ya que estos alquileres no tienen como finalidad satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario. ​

5. Cesión de uso a familiares:

Cuando un inmueble se cede para uso de familiares hasta el tercer grado (padres, hijos, hermanos, etc.), el rendimiento neto no puede ser inferior a la renta imputada que correspondería si el inmueble estuviera desocupado. Esto implica que, aunque no se perciban ingresos por dicha cesión, se debe declarar un rendimiento mínimo equivalente a la imputación de rentas inmobiliarias.

Es fundamental cumplir con estas obligaciones fiscales para evitar sanciones y asegurar una correcta tributación de las rentas inmobiliarias en el IRPF.


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